Certificado de aptitud higiénica (revisación de natatorio)
Es la revisación médica que se pide para entrar a una pileta de uso público, para controlar que el bañista no tenga afecciones de piel o contagiosas. En CABA y en la provincia de Buenos Aires se renueva cada 30 días.
En la provincia de Buenos Aires el Decreto 3181/2007 exige un Certificado de Aptitud Higiénica renovable cada 30 días para concurrentes y personal, y un registro de bañistas. En CABA, la Ley 3.364 y el Decreto 150/2015 piden un examen clínico cada 30 días y un Libro de Registro de Revisaciones Médicas (fuente secundaria).
Es distinto del apto médico para actividad física: si en el natatorio se nada como entrenamiento, conviene pedir los dos.
Normas
- Decreto 3181/2007 (Buenos Aires): natatorios de la provincia de Buenos Aires
- Ley 3.364/2009 (Ciudad de Buenos Aires): natatorios de la Ciudad de Buenos Aires
- Res. MSAL 1702/2007: directrices sanitarias para natatorios
Ver también
Para ver qué documentos te piden según tu actividad y provincia, entrá a los requisitos por rubro o a los modelos de formularios.
Pregunta frecuente
¿Qué significa «Certificado de aptitud higiénica (revisación de natatorio)»?
Es la revisación médica que se pide para entrar a una pileta de uso público, para controlar que el bañista no tenga afecciones de piel o contagiosas. En CABA y en la provincia de Buenos Aires se renueva cada 30 días.
Este contenido es informativo y no reemplaza el asesoramiento de un abogado matriculado en tu jurisdicción.