Ley 7.434 (Mendoza)
Exige un registro de clientes, que los cuidados posteriores se entreguen firmados y se conserven 5 años, y autorización parental para menores. El texto original habla de autorización hasta los 21 años; como la mayoría de edad es 18 desde la Ley 26.579, el alcance está a confirmar.
Puntos clave
- Registro de clientes.
- Cuidados posteriores firmados, conservados 5 años.
- Autorización parental para menores.
Qué documentos de los clientes exige
Consentimiento informado firmado antes de la práctica
Tatuajes y piercing · Vigencia: Por sesión, salida o día · Lo emite: Cliente, o padre/madre/tutor/a si es menor · Cita: Ley 7.434 (cuidados posteriores firmados)
Tiene que incluir: Datos del cliente y cobertura de salud; Datos del tatuador/a o perforador/a, licencia y local; Práctica, zona y tintas o joya (con lote); Anamnesis; Riesgos con iniciales; Cuidados posteriores por escrito; Firma antes de la práctica.
Autorización parental
Tatuajes y piercing · Vigencia: Por sesión, salida o día · Lo emite: Padre, madre o tutor/a · Cita: Ley 7.434 (decía autorización parental hasta los 21; la mayoría de edad es 18 desde la Ley 26.579, a confirmar)
Tiene que incluir: Nombre, DNI y vínculo del adulto; Presencia en el local o firma certificada; Autorización expresa para la práctica y zona; Firma.
Obligaciones para el negocio
- Mendoza: registro de clientes y cuidados posteriores firmados (conservar 5 años) (Tatuajes y piercing)
- Exportar el registro correlativo de clientes (Tatuajes y piercing)
A quién aplica
Normas relacionadas
- Ley 1.897 (Ciudad de Buenos Aires): tatuajes y piercing en la Ciudad de Buenos Aires
- Ley 9.012 (Córdoba): tatuajes y piercing en Córdoba
Normas relevadas al 24/10/2026. Las marcadas «a confirmar» vienen de fuentes secundarias. Este contenido es informativo y no reemplaza el asesoramiento de un abogado matriculado en tu jurisdicción.