Ordenanza DPSN 2-94
El prestador debe estar autorizado por la Prefectura. Está prohibido que conduzcan menores de 18, el timonel necesita habilitación náutica y el usuario firma en un libro que recibió instrucción antes de usar la moto. El chaleco va según el peso. La Ordenanza 3-11 fija el límite de alcohol en 200 mg/l.
Puntos clave
- Prestador autorizado por Prefectura.
- Prohibido conducir a menores de 18.
- Timonel con habilitación náutica.
- Constancia firmada de instrucción antes del uso.
Qué documentos de los clientes exige
Constancia de instrucción recibida
Alquiler de equipos · Vigencia: Por sesión, salida o día · Lo emite: Cliente que alquila · Cita: Ordenanza DPSN 2-94 (Prefectura Naval) — solo motos de agua
Tiene que incluir: Instrucción recibida antes del uso; Nombre de quien instruyó; Firma del usuario/a.
Licencia náutica o habilitación de timonel
Alquiler de equipos · Vigencia: No vence · Lo emite: Prefectura Naval Argentina · Cita: Ordenanza DPSN 2-94 (Prefectura Naval) — timonel de moto de agua con habilitación náutica
Tiene que incluir: Nombre y DNI del titular; Categoría; Fecha de vencimiento.
Autorización de padres (menores de 18)
Alquiler de equipos · Vigencia: Por sesión, salida o día · Lo emite: Padre, madre o tutor/a · Cita: Ordenanza DPSN 2-94 (según la actividad)
Tiene que incluir: Nombre, DNI y vínculo del adulto; Autorización expresa; Firma.
Obligaciones para el negocio
- Motos de agua: prestador autorizado por Prefectura (Alquiler de equipos)
- Motos de agua: libro donde el usuario firma que recibió instrucción antes de usar el equipo (Alquiler de equipos)
- Motos de agua: chaleco salvavidas adecuado al peso de cada usuario (Alquiler de equipos)
A quién aplica
Normas relacionadas
- Ordenanza 3/17: kayak y bote a remo (Prefectura Naval)
Normas relevadas al 24/10/2026. Las marcadas «a confirmar» vienen de fuentes secundarias. Este contenido es informativo y no reemplaza el asesoramiento de un abogado matriculado en tu jurisdicción.