Requisitos legales para alquiler de equipos en Argentina

Alquiler de equipos (náutica, esquí, bicis, cuatriciclos)Actualizado el 24/10/2026

¿Qué documentos tiene que pedir un alquiler de equipos?

Contrato de alquiler con consentimiento informado (estado del equipo, uso correcto, devolución, daño o robo), constancia de instrucción recibida (obligatoria para motos de agua), DNI y licencia náutica o de conducir (la IA extrae el vencimiento), talla/peso/altura/nivel, autorización de padres, contacto de emergencia y garantía. Vigencia por alquiler.

Documentos de cada cliente

  • Contrato de alquiler

    Recomendado · Vigencia: Por sesión, salida o día · Lo emite: Cliente que alquila

    Tiene que incluir: Equipo e identificación; Estado al entregarlo; Horario de entrega y devolución; Garantía; Talla, peso, altura y nivel; Firma.

    Sin norma específica para bicis y cuatriciclos: rige la locación del CCyC (arts. 1187 y siguientes). Esquí: los contratos de rental de los centros no están publicados [NV].

  • Consentimiento informado de riesgos del uso del equipo

    Recomendado · Vigencia: Por sesión, salida o día · Lo emite: Cliente que alquila o padre/madre/tutor/a

    Tiene que incluir: Riesgos específicos con iniciales; Firma.

  • Constancia de instrucción recibida

    Obligatorio por ley en algunas jurisdicciones · Vigencia: Por sesión, salida o día · Lo emite: Cliente que alquila

    Lo exige: Nacional: Ordenanza DPSN 2-94 (Prefectura Naval) — solo motos de agua.

    Tiene que incluir: Instrucción recibida antes del uso; Nombre de quien instruyó; Firma del usuario/a.

    Obligatoria para motos de agua: el usuario firma en un libro que recibió instrucción antes de usarla. Recomendada para el resto de los equipos.

  • DNI del cliente

    Recomendado · Vigencia: No vence · Lo emite: Cliente que alquila

    Tiene que incluir: DNI (frente).

  • Licencia náutica o habilitación de timonel

    Obligatorio por ley en algunas jurisdicciones · Vigencia: No vence · Lo emite: Prefectura Naval Argentina

    Lo exige: Nacional: Ordenanza DPSN 2-94 (Prefectura Naval) — timonel de moto de agua con habilitación náutica.

    Tiene que incluir: Nombre y DNI del titular; Categoría; Fecha de vencimiento.

    Solo para motos de agua. Vence según la fecha de la licencia (la IA la extrae).

  • Licencia de conducir

    Obligatorio por ley en algunas jurisdicciones · Vigencia: No vence · Lo emite: Autoridad emisora de licencias

    Lo exige: Nacional: Ley 24.449 — cuatriciclos en la vía pública (licencia y seguro) a confirmar.

    Tiene que incluir: Nombre y DNI del titular; Clase o categoría; Fecha de vencimiento.

    Solo si el vehículo circula por la vía pública. Vence según la fecha de la licencia (la IA la extrae).

  • Autorización de padres (menores de 18)

    Obligatorio por ley en algunas jurisdicciones · Vigencia: Por sesión, salida o día · Lo emite: Padre, madre o tutor/a · Solo menores

    Lo exige: Nacional: Ordenanza 3/17 (Prefectura Naval) — kayak o bote a remo conducido por menor.

    Tiene que incluir: Nombre, DNI y vínculo del adulto; Autorización expresa; Firma.

    Motos de agua: prohibido conducir a menores de 18 (Ord. DPSN 2-94). Para menores, se conserva lo que sea más largo entre 10 años desde la firma y hasta que cumplen 23 años.

  • Contacto de emergencia

    Recomendado · Vigencia: Por sesión, salida o día · Lo emite: Cliente que alquila

    Tiene que incluir: Nombre; Vínculo; Teléfono.

Obligaciones del negocio

  • Motos de agua: prestador autorizado por Prefectura (Ordenanza DPSN 2-94)
  • Motos de agua: libro donde el usuario firma que recibió instrucción antes de usar el equipo (Ordenanza DPSN 2-94)
  • Motos de agua: chaleco salvavidas adecuado al peso de cada usuario (Ordenanza DPSN 2-94)
  • Náutica: no entregar el equipo a quien supere el límite de alcoholemia (200 mg/l) (Ordenanza 3-11 (Prefectura Naval))
  • Kayak y bote a remo: chaleco salvavidas obligatorio (Ordenanza 3/17 (Prefectura Naval))
  • Mendoza: kayaks matriculados (Res. 492/96)
  • Esquí (Catedral): menores de menos de 1,25 m con un adulto; seguro de accidentes personales específico para el snow park (Condiciones 2027 Cerro Catedral)
  • Esquí (Chapelco): casco obligatorio (Reglamento del centro, a confirmar)
  • Cuatriciclos en la vía pública: licencia y seguro (Ley 24.449, a confirmar)

Modelos de formularios

Normas que aplican

Preguntas frecuentes

¿Qué documentos tiene que pedir un alquiler de equipos?

Contrato de alquiler con consentimiento informado (estado del equipo, uso correcto, devolución, daño o robo), constancia de instrucción recibida (obligatoria para motos de agua), DNI y licencia náutica o de conducir (la IA extrae el vencimiento), talla/peso/altura/nivel, autorización de padres, contacto de emergencia y garantía. Vigencia por alquiler.

¿Qué pasa con los menores?

Hasta los 18 años hace falta la autorización del padre, madre o tutor, con sus datos y DNI.

¿Cuánto tiempo hay que guardar los registros?

Recomendamos 10 años desde la firma (Código Civil y Comercial art. 328) y, para menores, como mínimo hasta que cumplen 23.

¿Sirve un formulario de deslinde de responsabilidad?

No. Las cláusulas que eximen o limitan la responsabilidad por daños se tienen por no convenidas (Ley 24.240 art. 37) y son inválidas si afectan la integridad física (CCyC art. 1743). Lo que sirve es informar los riesgos concretos y guardar la prueba.

Guía completa: Alquiler de equipos: contrato, instrucción y licencia del cliente

Normas relevadas al 24/10/2026. Las marcadas «a confirmar» vienen de fuentes secundarias. Este contenido es informativo y no reemplaza el asesoramiento de un abogado matriculado en tu jurisdicción.