Ley 1.538 (Tierra del Fuego)

Seguro de rescate en zonas agrestes de Tierra del FuegoTierra del FuegoFuente verificada en el texto oficial

¿Qué dice Ley 1.538 (Tierra del Fuego)?

Exige un seguro de rescate a quienes ingresan a zonas agrestes de Tierra del Fuego. Los prestadores de turismo aventura deben verificar la póliza y su vigencia antes de cada salida.

Puntos clave

  • Seguro de rescate obligatorio en zonas agrestes.

Qué documentos de los clientes exige

  • Póliza de seguro de evacuación o rescate

    Turismo aventura · Vigencia: No vence · Lo emite: Aseguradora · Cita: Ley 1538 (zonas agrestes)

    Tiene que incluir: Nombre del asegurado/a; Cobertura de evacuación o rescate; Vigencia desde/hasta; Número de póliza.

A quién aplica

Normas relacionadas

Normas relevadas al 24/10/2026. Las marcadas «a confirmar» vienen de fuentes secundarias. Este contenido es informativo y no reemplaza el asesoramiento de un abogado matriculado en tu jurisdicción.