Ley 1.538 (Tierra del Fuego)
¿Qué dice Ley 1.538 (Tierra del Fuego)?
Exige un seguro de rescate a quienes ingresan a zonas agrestes de Tierra del Fuego. Los prestadores de turismo aventura deben verificar la póliza y su vigencia antes de cada salida.
Puntos clave
- Seguro de rescate obligatorio en zonas agrestes.
Qué documentos de los clientes exige
Póliza de seguro de evacuación o rescate
Turismo aventura · Vigencia: No vence · Lo emite: Aseguradora · Cita: Ley 1538 (zonas agrestes)
Tiene que incluir: Nombre del asegurado/a; Cobertura de evacuación o rescate; Vigencia desde/hasta; Número de póliza.
A quién aplica
Normas relacionadas
- Ley 837 (Tierra del Fuego): turismo aventura en Tierra del Fuego
Normas relevadas al 24/10/2026. Las marcadas «a confirmar» vienen de fuentes secundarias. Este contenido es informativo y no reemplaza el asesoramiento de un abogado matriculado en tu jurisdicción.