Requisitos para un evento deportivo en la Ciudad de Buenos Aires
Para un evento deportivo en la Ciudad de Buenos Aires, la normativa exige: apto médico para actividad física (Ley 139 Cap. II). Además se recomienda pedir: consentimiento informado de riesgos; declaración de salud; autorización de padres (menores de 18); contacto de emergencia; obra social o prepaga; consentimiento de uso de imagen (separado y opcional). Los menores de 18 necesitan autorización del padre, madre o tutor.
Lo que exige la ley en la Ciudad de Buenos Aires
Apto médico para actividad física
Vigencia: 1 año · Lo emite: Médico/a clínico/a o deportólogo/a matriculado/a · Sin esto no debería ingresar
Norma: Ciudad de Buenos Aires: Ley 139 Cap. II (ex Ley 5397/2015) — carreras de 5 km o más.
Tiene que incluir: Nombre y DNI del participante; Leyenda "apto para actividad física" (o "competitiva"); Fecha de emisión; Firma y sello; Número de matrícula.
Obligaciones del negocio en la Ciudad de Buenos Aires
- Exigir el apto médico en la inscripción, original y copia, vigente el día de la carrera (Ley 139 Cap. II (ex Ley 5397/2015))
Menores de edad
Hasta los 18 años, el formulario lo firma el padre, madre o tutor, con sus datos, su DNI y la declaración del vínculo. La edad mínima depende de cada prueba. Práctica de organizadores: de 16 a 18 años con autorización de ambos padres y DNI de ambos.
Recomendado aunque no sea obligatorio
- Consentimiento informado de riesgos · Por sesión, salida o día
- Declaración de salud · Por sesión, salida o día
- Autorización de padres (menores de 18) · Por sesión, salida o día · solo menores
- Contacto de emergencia · Por sesión, salida o día
- Obra social o prepaga · Por sesión, salida o día
- Consentimiento de uso de imagen (separado y opcional) · No vence
Obligaciones que aplican en todo el país
- Tener desfibrilador externo automático (DEA) accesible y personal capacitado en RCP durante el horario de actividad (Ley 27.159 + Dec. 402/2022, a confirmar)
- Contratar seguro de accidentes personales y de responsabilidad civil del organizador (Práctica de organizadores (CPCECABA, Ternium 10K, UNTREF, UNL))
Modelos para descargar o firmar online
- Consentimiento informado, declaración de salud y uso de imagen
- Autorización de padres para participar del evento
Normas en la Ciudad de Buenos Aires
- Ley 139: gimnasios, actividad física y carreras en la Ciudad de Buenos Aires
Preguntas frecuentes
¿Qué documentos tiene que pedir un evento deportivo en la Ciudad de Buenos Aires?
Para un evento deportivo en la Ciudad de Buenos Aires, la normativa exige: apto médico para actividad física (Ley 139 Cap. II). Además se recomienda pedir: consentimiento informado de riesgos; declaración de salud; autorización de padres (menores de 18); contacto de emergencia; obra social o prepaga; consentimiento de uso de imagen (separado y opcional). Los menores de 18 necesitan autorización del padre, madre o tutor.
¿Desde qué edad se puede atender a un menor?
Hasta los 18 años hace falta la autorización del padre, madre o tutor. La edad mínima depende de cada prueba. Práctica de organizadores: de 16 a 18 años con autorización de ambos padres y DNI de ambos.
¿Sirve un deslinde de responsabilidad?
No. Las cláusulas que eximen de responsabilidad por daños se tienen por no convenidas (Ley 24.240 art. 37) y son inválidas si afectan la integridad física (CCyC art. 1743). Lo que sirve es informar los riesgos concretos de la actividad y guardar la prueba de la firma.
Normas relevadas al 24/10/2026. Las marcadas «a confirmar» vienen de fuentes secundarias. Este contenido es informativo y no reemplaza el asesoramiento de un abogado matriculado en tu jurisdicción.