Ley 26.529
Regula el consentimiento informado y la historia clínica cuando interviene un profesional de la salud. Aplica, por ejemplo, a tratamientos estéticos hechos por un médico o bajo su responsabilidad. El consentimiento debe informar el procedimiento, sus riesgos y alternativas (art. 5) y la historia clínica se conserva al menos 10 años (art. 18).
Puntos clave
- Art. 5: contenido del consentimiento informado.
- Art. 18: conservación de la historia clínica por 10 años como mínimo.
Qué documentos de los clientes exige
Consentimiento informado por tratamiento
Estética, láser y cosmetología · Vigencia: Por sesión, salida o día · Lo emite: Cliente, o padre/madre/tutor/a si es menor · Cita: Ley 26.529 art. 5 (solo si interviene un profesional de la salud)
Tiene que incluir: Tratamiento y zona; Equipo; Profesional; Riesgos específicos con iniciales; Firma.
Obligaciones para el negocio
- Si interviene un profesional de la salud: historia clínica conservada 10 años (Estética, láser y cosmetología)
A quién aplica
Normas relacionadas
- Res. MS 1271/2001: equipos láser y profesional responsable
- Código Civil y Comercial: responsabilidad, riesgos, menores y conservación
Conceptos: Consentimiento informado · Plazo de conservación de los registros · Ficha de anamnesis
Normas relevadas al 24/10/2026. Las marcadas «a confirmar» vienen de fuentes secundarias. Este contenido es informativo y no reemplaza el asesoramiento de un abogado matriculado en tu jurisdicción.