Requisitos para un club o escuelita infantil en la provincia de Buenos Aires

Clubes y escuelitas infantilesActualizado el 24/10/2026

¿Qué documentos tiene que pedir un club o escuelita infantil en la provincia de Buenos Aires?

Para un club o escuelita infantil en la provincia de Buenos Aires, la normativa exige: apto médico anual (Ley 12.329 art. 9). Además se recomienda pedir: ficha de inscripción; declaración de salud del menor; consentimiento informado de riesgos; autorización escrita de padre, madre o tutor/a; obra social o prepaga y número de afiliado/a; dos teléfonos de emergencia; copia del DNI del menor y del adulto responsable. Los menores de 18 necesitan autorización del padre, madre o tutor.

Lo que exige la ley en la provincia de Buenos Aires

  • Apto médico anual

    Vigencia: 1 año · Lo emite: Pediatra o médico/a clínico/a matriculado/a · Sin esto no debería ingresar

    Norma: Buenos Aires: Ley 12.329 art. 9.

    Tiene que incluir: Nombre y DNI del menor; Leyenda "apto para actividad física"; Fecha de emisión; Firma y sello; Número de matrícula.

Obligaciones del negocio en la provincia de Buenos Aires

  • Archivar el apto anual con la ficha de cada chico/a (Ley 12.329 art. 9)
  • Menores de 14 sin sobrecarga ni pesas salvo autorización médica (Ley 12.329 art. 8)

Menores de edad

Hasta los 18 años, el formulario lo firma el padre, madre o tutor, con sus datos, su DNI y la declaración del vínculo. Menores de 14: sin sobrecarga ni pesas salvo autorización médica (Ley 12.329 art. 8).

Recomendado aunque no sea obligatorio

  • Ficha de inscripción · 1 año · solo menores
  • Declaración de salud del menor · 1 año · solo menores
  • Consentimiento informado de riesgos · 1 año
  • Autorización escrita de padre, madre o tutor/a · 1 año · solo menores
  • Obra social o prepaga y número de afiliado/a · No vence · solo menores
  • Dos teléfonos de emergencia · No vence · solo menores
  • Copia del DNI del menor y del adulto responsable · No vence · solo menores

Obligaciones que aplican en todo el país

  • Tener desfibrilador externo automático (DEA) accesible y personal capacitado en RCP durante el horario de actividad (Ley 27.159 + Dec. 402/2022, a confirmar)
  • Rugby (UAR): el club archiva el certificado médico de aptitud (Reglamento UAR)
  • Fútbol (AFA): autorización paterna escrita (Reglamento AFA art. 195 h)
  • Seguro de accidentes personales para los chicos (lo piden las ligas, no la ley) (Exigencia de ligas y federaciones, a confirmar)

Modelos para descargar o firmar online

Normas en la provincia de Buenos Aires

  • Ley 12.329: gimnasios de la provincia de Buenos Aires

Preguntas frecuentes

¿Qué documentos tiene que pedir un club o escuelita infantil en la provincia de Buenos Aires?

Para un club o escuelita infantil en la provincia de Buenos Aires, la normativa exige: apto médico anual (Ley 12.329 art. 9). Además se recomienda pedir: ficha de inscripción; declaración de salud del menor; consentimiento informado de riesgos; autorización escrita de padre, madre o tutor/a; obra social o prepaga y número de afiliado/a; dos teléfonos de emergencia; copia del DNI del menor y del adulto responsable. Los menores de 18 necesitan autorización del padre, madre o tutor.

¿Desde qué edad se puede atender a un menor?

Hasta los 18 años hace falta la autorización del padre, madre o tutor. Menores de 14: sin sobrecarga ni pesas salvo autorización médica (Ley 12.329 art. 8).

¿Sirve un deslinde de responsabilidad?

No. Las cláusulas que eximen de responsabilidad por daños se tienen por no convenidas (Ley 24.240 art. 37) y son inválidas si afectan la integridad física (CCyC art. 1743). Lo que sirve es informar los riesgos concretos de la actividad y guardar la prueba de la firma.

Clubes y escuelitas infantiles en otras provincias

Normas relevadas al 24/10/2026. Las marcadas «a confirmar» vienen de fuentes secundarias. Este contenido es informativo y no reemplaza el asesoramiento de un abogado matriculado en tu jurisdicción.