Requisitos legales para clubes infantiles en Argentina

Clubes y escuelitas infantilesActualizado el 24/10/2026

¿Qué documentos tiene que pedir un club o escuelita infantil?

Apto médico anual (obligatorio en CABA y Buenos Aires), ficha de inscripción con datos del menor y del adulto responsable, declaración de salud, autorización escrita de padre/madre/tutor/a (práctica, traslados, imagen y atención médica de urgencia), obra social, dos teléfonos de emergencia y copia del DNI de ambos.

Por provincia

Estas provincias tienen una página con sus requisitos propios. Las normas de las demás provincias figuran en cada documento, más abajo.

Documentos de cada cliente

  • Apto médico anual

    Obligatorio por ley en algunas jurisdicciones · Vigencia: 1 año · Lo emite: Pediatra o médico/a clínico/a matriculado/a

    Lo exige: Ciudad de Buenos Aires: Ley 139 (formulario de menores + examen médico de no más de 1 año); Buenos Aires: Ley 12.329 art. 9.

    Tiene que incluir: Nombre y DNI del menor; Leyenda "apto para actividad física"; Fecha de emisión; Firma y sello; Número de matrícula.

    Si el chico/a federa en Córdoba puede pedirse la EMMAC [P]. UAR: el club archiva el certificado médico de aptitud [V]. Para menores, se conserva lo que sea más largo entre 10 años desde la firma y hasta que cumplen 23 años.

  • Ficha de inscripción

    Recomendado · Vigencia: 1 año · Lo emite: Padre, madre o tutor/a · Solo menores

    Tiene que incluir: Datos del menor; Adulto responsable: nombre, DNI, vínculo, teléfono, email y domicilio; Dos teléfonos de emergencia; Obra social y número; Alergias, medicación, grupo sanguíneo y CUD.

    Modelo de campos: Ficha Médica Deportes 2018 (Secretaría de Deportes de la Nación) y Ficha de Menores Rosario IM 4237 [V]. Para menores, se conserva lo que sea más largo entre 10 años desde la firma y hasta que cumplen 23 años.

  • Declaración de salud del menor

    Obligatorio por ley en algunas jurisdicciones · Vigencia: 1 año · Lo emite: Padre, madre o tutor/a · Solo menores

    Lo exige: Ciudad de Buenos Aires: Ley 139 (formulario de declaración jurada para menores).

    Tiene que incluir: Antecedentes de salud; Alergias; Medicación; Firma del adulto.

    Se completa dentro de la ficha de inscripción. Para menores, se conserva lo que sea más largo entre 10 años desde la firma y hasta que cumplen 23 años.

  • Consentimiento informado de riesgos

    Recomendado · Vigencia: 1 año · Lo emite: Padre, madre o tutor/a

    Tiene que incluir: Riesgos específicos con iniciales; Firma del adulto; Fecha.

    Base del producto (Ley 24.240 art. 4, CCyC 1100); ninguna norma del rubro lo exige expresamente.

  • Autorización escrita de padre, madre o tutor/a

    Recomendado · Vigencia: 1 año · Lo emite: Padre, madre o tutor/a · Solo menores

    Tiene que incluir: Práctica de la actividad; Traslados; Uso de imagen (opcional); Atención médica de urgencia; Firma del adulto.

    En fútbol federado, el Reglamento AFA art. 195 h exige autorización paterna escrita [V]. Responsabilidad parental: CCyC 26 y 646. Para menores, se conserva lo que sea más largo entre 10 años desde la firma y hasta que cumplen 23 años.

  • Obra social o prepaga y número de afiliado/a

    Recomendado · Vigencia: No vence · Lo emite: Padre, madre o tutor/a · Solo menores

    Tiene que incluir: Obra social o prepaga; Número de afiliado/a.

  • Dos teléfonos de emergencia

    Recomendado · Vigencia: No vence · Lo emite: Padre, madre o tutor/a · Solo menores

    Tiene que incluir: Dos contactos con nombre, vínculo y teléfono.

  • Copia del DNI del menor y del adulto responsable

    Recomendado · Vigencia: No vence · Lo emite: Padre, madre o tutor/a · Solo menores

    Tiene que incluir: DNI del menor (frente); DNI del adulto responsable (frente).

Obligaciones del negocio

  • Tener desfibrilador externo automático (DEA) accesible y personal capacitado en RCP durante el horario de actividad (Ley 27.159 + Dec. 402/2022, a confirmar)
  • CABA: archivar el formulario de menores y el examen médico de cada chico/a (Ley 139)
  • Buenos Aires: archivar el apto anual con la ficha de cada chico/a (Ley 12.329 art. 9)
  • Buenos Aires: menores de 14 sin sobrecarga ni pesas salvo autorización médica (Ley 12.329 art. 8)
  • Rugby (UAR): el club archiva el certificado médico de aptitud (Reglamento UAR)
  • Fútbol (AFA): autorización paterna escrita (Reglamento AFA art. 195 h)
  • Seguro de accidentes personales para los chicos (lo piden las ligas, no la ley) (Exigencia de ligas y federaciones, a confirmar)

Modelos de formularios

Normas que aplican

Preguntas frecuentes

¿Qué documentos tiene que pedir un club o escuelita infantil?

Apto médico anual (obligatorio en CABA y Buenos Aires), ficha de inscripción con datos del menor y del adulto responsable, declaración de salud, autorización escrita de padre/madre/tutor/a (práctica, traslados, imagen y atención médica de urgencia), obra social, dos teléfonos de emergencia y copia del DNI de ambos.

¿Qué pasa con los menores?

Hasta los 18 años hace falta la autorización del padre, madre o tutor, con sus datos y DNI. Reglas propias: Buenos Aires (Menores de 14: sin sobrecarga ni pesas salvo autorización médica (Ley 12.329 art. 8)).

¿Cuánto tiempo hay que guardar los registros?

Recomendamos 10 años desde la firma (Código Civil y Comercial art. 328) y, para menores, como mínimo hasta que cumplen 23.

¿Sirve un formulario de deslinde de responsabilidad?

No. Las cláusulas que eximen o limitan la responsabilidad por daños se tienen por no convenidas (Ley 24.240 art. 37) y son inválidas si afectan la integridad física (CCyC art. 1743). Lo que sirve es informar los riesgos concretos y guardar la prueba.

Guía completa: Club o escuelita infantil: qué papeles pedirle a cada familia

Normas relevadas al 24/10/2026. Las marcadas «a confirmar» vienen de fuentes secundarias. Este contenido es informativo y no reemplaza el asesoramiento de un abogado matriculado en tu jurisdicción.