Requisitos para un parque, pelotero o karting en la Ciudad de Buenos Aires

Parques recreativos, peloteros, trampolines y kartingActualizado el 24/10/2026

¿Qué documentos tiene que pedir un parque, pelotero o karting en la Ciudad de Buenos Aires?

Para un parque, pelotero o karting en la Ciudad de Buenos Aires, la normativa exige: autorización de padre, madre o tutor/a (Dec.-Ord. 7041/63). Además se recomienda pedir: consentimiento informado de riesgos y aceptación del reglamento; exclusiones de salud; contacto de emergencia; uso de imagen (opcional). La edad mínima es 3 años y hasta los 18 hace falta autorización del padre, madre o tutor.

Lo que exige la ley en la Ciudad de Buenos Aires

Obligaciones del negocio en la Ciudad de Buenos Aires

  • Juegos que cumplan las normas IRAM de seguridad (Ley 455, a confirmar)
  • Servicio médico, seguro de responsabilidad civil y certificado estructural (Disp. 1169/04, a confirmar)

Menores de edad

No se puede atender a menores de 3 años. Hasta los 18 años, el formulario lo firma el padre, madre o tutor, con sus datos, su DNI y la declaración del vínculo. Karting: menores de 15 a 18 con conformidad escrita del padre o tutor (Dec.-Ord. 7041/63). Edad mínima por atracción configurable.

Recomendado aunque no sea obligatorio

  • Consentimiento informado de riesgos y aceptación del reglamento · 1 año
  • Exclusiones de salud · 1 año
  • Contacto de emergencia · No vence
  • Uso de imagen (opcional) · No vence

Obligaciones que aplican en todo el país

  • Escape rooms: no hay norma específica; aplicar el mismo consentimiento (Vacío legal)

Modelos para descargar o firmar online

Normas en la Ciudad de Buenos Aires

Preguntas frecuentes

¿Qué documentos tiene que pedir un parque, pelotero o karting en la Ciudad de Buenos Aires?

Para un parque, pelotero o karting en la Ciudad de Buenos Aires, la normativa exige: autorización de padre, madre o tutor/a (Dec.-Ord. 7041/63). Además se recomienda pedir: consentimiento informado de riesgos y aceptación del reglamento; exclusiones de salud; contacto de emergencia; uso de imagen (opcional). La edad mínima es 3 años y hasta los 18 hace falta autorización del padre, madre o tutor.

¿Desde qué edad se puede atender a un menor?

La edad mínima es 3 años. Hasta los 18 años hace falta la autorización del padre, madre o tutor. Karting: menores de 15 a 18 con conformidad escrita del padre o tutor (Dec.-Ord. 7041/63). Edad mínima por atracción configurable.

¿Sirve un deslinde de responsabilidad?

No. Las cláusulas que eximen de responsabilidad por daños se tienen por no convenidas (Ley 24.240 art. 37) y son inválidas si afectan la integridad física (CCyC art. 1743). Lo que sirve es informar los riesgos concretos de la actividad y guardar la prueba de la firma.

Normas relevadas al 24/10/2026. Las marcadas «a confirmar» vienen de fuentes secundarias. Este contenido es informativo y no reemplaza el asesoramiento de un abogado matriculado en tu jurisdicción.