Requisitos legales para peloteros y parques en Argentina

Parques recreativos, peloteros, trampolines y kartingActualizado el 24/10/2026

¿Qué documentos tiene que pedir un parque, pelotero o karting?

Ninguna norma exige una ficha de ingreso del cliente, pero la jurisprudencia la valora (CNCiv Sala H 2024 "Rush BA") y la piden las aseguradoras. Consentimiento informado con riesgos específicos firmado por un adulto, exclusiones de salud, aceptación del reglamento, contacto de emergencia, uso de imagen opcional y autorización de padres (karting en CABA: de 15 a 18 años con conformidad escrita).

Por provincia

Estas provincias tienen una página con sus requisitos propios. Las normas de las demás provincias figuran en cada documento, más abajo.

Documentos de cada cliente

  • Consentimiento informado de riesgos y aceptación del reglamento

    Recomendado · Vigencia: 1 año · Lo emite: Participante adulto, o padre/madre/tutor/a para menores de 18

    Tiene que incluir: Riesgos específicos con iniciales; Aceptación del reglamento; DNI del adulto que firma; Firma; Fecha.

    Vigencia por visita o anual (configurable; por defecto anual). Ninguna norma lo exige; lo valida la jurisprudencia (CNCiv Sala H 2024 "Rush BA", camas elásticas) y lo piden las aseguradoras.

  • Exclusiones de salud

    Recomendado · Vigencia: 1 año · Lo emite: Participante adulto o padre/madre/tutor/a

    Tiene que incluir: Embarazo; Problemas cardíacos; Problemas de columna; Firma.

  • Autorización de padre, madre o tutor/a

    Obligatorio por ley en algunas jurisdicciones · Vigencia: 1 año · Lo emite: Padre, madre o tutor/a · Solo menores

    Lo exige: Ciudad de Buenos Aires: Dec.-Ord. 7041/63 (karting: menores de 15 a 18 con conformidad escrita del padre o tutor).

    Tiene que incluir: Nombre, DNI y vínculo del adulto; Autorización expresa; Firma.

    Para menores, se conserva lo que sea más largo entre 10 años desde la firma y hasta que cumplen 23 años.

  • Contacto de emergencia

    Recomendado · Vigencia: No vence · Lo emite: Participante o adulto responsable

    Tiene que incluir: Nombre; Vínculo; Teléfono.

  • Uso de imagen (opcional)

    Recomendado · Vigencia: No vence · Lo emite: Participante o adulto responsable

    Tiene que incluir: Autorización expresa y separada.

    Consentimiento separado y opcional (CCyC 53).

Obligaciones del negocio

  • CABA: juegos que cumplan las normas IRAM de seguridad (Ley 455, a confirmar)
  • CABA (peloteros): servicio médico, seguro de responsabilidad civil y certificado estructural (Disp. 1169/04, a confirmar)
  • Buenos Aires: anclaje de juegos ("Ley Joaquín") (Ley 15.618)
  • Santa Fe, Gualeguaychú y Trelew: seguro y servicio de emergencias (Ord. 11.196 (Santa Fe), Ord. 11.507 (Gualeguaychú), Ord. 11.408 (Trelew))
  • Escape rooms: no hay norma específica; aplicar el mismo consentimiento (Vacío legal)

Modelos de formularios

Normas que aplican

Preguntas frecuentes

¿Qué documentos tiene que pedir un parque, pelotero o karting?

Ninguna norma exige una ficha de ingreso del cliente, pero la jurisprudencia la valora (CNCiv Sala H 2024 "Rush BA") y la piden las aseguradoras. Consentimiento informado con riesgos específicos firmado por un adulto, exclusiones de salud, aceptación del reglamento, contacto de emergencia, uso de imagen opcional y autorización de padres (karting en CABA: de 15 a 18 años con conformidad escrita).

¿Qué pasa con los menores?

Hasta los 18 años hace falta la autorización del padre, madre o tutor, con sus datos y DNI. Reglas propias: Ciudad Autónoma de Buenos Aires, edad mínima 3 años (Karting: menores de 15 a 18 con conformidad escrita del padre o tutor (Dec.-Ord. 7041/63). Edad mínima por atracción configurable).

¿Cuánto tiempo hay que guardar los registros?

Recomendamos 10 años desde la firma (Código Civil y Comercial art. 328) y, para menores, como mínimo hasta que cumplen 23.

¿Sirve un formulario de deslinde de responsabilidad?

No. Las cláusulas que eximen o limitan la responsabilidad por daños se tienen por no convenidas (Ley 24.240 art. 37) y son inválidas si afectan la integridad física (CCyC art. 1743). Lo que sirve es informar los riesgos concretos y guardar la prueba.

Guía completa: Peloteros y parques recreativos: el formulario que sí te sirve

Normas relevadas al 24/10/2026. Las marcadas «a confirmar» vienen de fuentes secundarias. Este contenido es informativo y no reemplaza el asesoramiento de un abogado matriculado en tu jurisdicción.