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Turismo aventura: qué documentos pide cada provincia al pasajero

Actualizada el 24/10/2026

En turismo aventura no hay una sola ley: hay una por provincia, y algunas son bastante exigentes con los documentos del pasajero. Si hacés rafting en Mendoza, trekking en Tierra del Fuego o cabalgatas en Córdoba, lo que tenés que pedir cambia.

Lo que exige la ley

A nivel nacional, la Ley 25.997 de turismo no exige documentos al participante. Rige el régimen general del Código Civil y Comercial sobre asunción de riesgos y consentimiento del damnificado (CCyC arts. 1719 y 1720). Las exigencias concretas están en las provincias:

Jurisdicción Qué exige Norma
Tierra del Fuego Contrato individual por participante con los riesgos y consentimiento taxativo; declaración jurada de salud (cardíacos, epilepsia, hipertensión, diabetes, asma, estrés, tabaquismo, medicación). Modelo de INFUETUR. Ley 837 art. 18
Tierra del Fuego Seguro de rescate obligatorio en zonas agrestes. Ley 1.538
Río Negro Consentimiento informado obligatorio del usuario o su representante legal, con grado de riesgo, medidas de seguridad, dificultades, preparación física requerida y accidentes típicos. Información sobre la documentación exigida. Ley 5.660 arts. 16 y 17
Córdoba Para ingresar a zonas de riesgo: registro con teléfono, email, contacto de emergencia y condiciones de salud, más declaración jurada de asunción de gastos de rescate. Registro de prestadores y seguro. Ley 9.856 + Dec. 1525/12; Ley 8.801
Neuquén Listado de pasajeros por salida y hoja de ruta; seguro de RC y accidentes personales del prestador. Res. 437/24
Mendoza Seguro de RC mínimo de US$50.000, cobertura médica de pasajeros y libro de actas foliado. En náutica, kayaks matriculados y menores de 14 a 18 a motor con autorización escrita. Res. 492/96
Mendoza (Aconcagua) Seguro de evacuación y menores con autorización notarial de ambos padres. Dec. 2322/25
La Rioja Consentimiento informado escrito y bilingüe con copia al participante; si no se entrega, se presume la responsabilidad del prestador. Nómina de salida. Ley 9.820

El parapente es un caso aparte: tiene un vacío normativo a nivel nacional, porque la ANAC no regula el vuelo libre. Eso no te exime de informar los riesgos; al contrario, el consentimiento es lo único que vas a tener.

Checklist: qué pedirle a cada pasajero

  • Consentimiento informado con riesgos específicos de la actividad. Obligatorio en Río Negro, Tierra del Fuego y La Rioja; recomendado en el resto. Vigencia: por salida (1 día) o por temporada, según cómo trabajes.
  • Declaración jurada de salud. Obligatoria en Tierra del Fuego; recomendada en el resto. Vigencia: por salida o por temporada.
  • Contacto de emergencia y obra social.
  • Autorización de padres para menores de 18, y adulto acompañante si la actividad lo requiere. En Aconcagua, autorización notarial de ambos padres.
  • Declaración de gastos de rescate en zonas de riesgo de Córdoba.
  • Póliza de seguro de evacuación o rescate en Tierra del Fuego y Aconcagua, con vigencia que cubra la fecha de la salida.
  • Datos para controlar límites de edad, peso y altura según la actividad.

Además, la nómina de salida (la lista de quiénes salen en cada excursión) es obligatoria en Neuquén y La Rioja y útil en todas partes: es lo primero que te van a pedir si hay que activar un rescate.

Qué no poner en el formulario (y qué poner)

No: "el pasajero asume todos los riesgos y renuncia a reclamar"

Es la frase más común en este rubro, el clásico "deslinde", y no tiene efecto. Las cláusulas que eximen o limitan la responsabilidad del prestador frente a un consumidor son nulas (Ley 24.240 arts. 37 y 65; CCyC art. 1743).

Sí: los riesgos de cada actividad, uno por uno

La asunción de riesgos existe, pero solo para los riesgos inherentes a la actividad que fueron informados (CCyC arts. 1719 y 1729). Y la información tiene que ser concreta (Ley 24.240 art. 4; CCyC art. 1100). No es lo mismo un rafting de clase III que una cabalgata familiar. Para rafting, por ejemplo:

  • caída al agua y atrapamiento;
  • golpes contra rocas o con el remo;
  • hipotermia;
  • vuelco de la balsa;
  • dificultad de evacuación por la geografía.

Agregá el grado de dificultad, la preparación física requerida y los accidentes típicos, como pide Río Negro (Ley 5.660 art. 17). Pedí iniciales en cada punto. Sumá la declaración de salud: si el pasajero oculta una condición que conocía, puede pesar como hecho del damnificado (CCyC art. 1729). Y tené presente que nada de esto cubre una falla del prestador, como un guía sin capacitación o un equipo en mal estado.

En La Rioja, entregá siempre la copia al pasajero: si no lo hacés, se presume tu responsabilidad (Ley 9.820).

Cómo probar quién firmó

Las firmas suelen hacerse en el punto de encuentro, a veces con poca señal, o la noche anterior desde el celular del pasajero. En ambos casos es firma electrónica (Ley 25.506 art. 5), sin presunción de autoría: la empresa tiene que probar quién firmó.

Cuando el pasajero llega por una agencia, esa prueba importa todavía más, porque quizá nunca hablaste con él antes de la salida. Para cada firma, Firmalo guarda el hash del documento, la fecha y hora, la IP, el dispositivo, el tiempo de lectura y cómo se verificó la identidad, y lo deja verificable en una página pública.

Datos de salud de los pasajeros

La declaración de salud tiene datos sensibles (Ley 25.326 art. 2). Necesitás el consentimiento expreso del pasajero (arts. 5 y 7), informarle la finalidad y sus derechos (art. 6) y aplicar medidas de seguridad (art. 9; Res. AAIP 47/2018). La base se inscribe en la AAIP (art. 21). Si trabajás con agencias que te mandan pasajeros, definí por contrato quién es responsable de los datos.

Cuánto tiempo guardar los registros

  • Regla general: 10 años (CCyC art. 328). Cubre la prescripción por daños de 3 años (CCyC art. 2561) y la genérica de 5 (CCyC art. 2560).
  • Menores: 10 años desde la firma o hasta que el pasajero cumpla 23, lo que sea más largo.
  • Nóminas y libros de actas: guardalos con el mismo criterio. Son la prueba de quién estaba en cada salida.

Antes de la próxima salida

Fijate qué pide tu provincia y armá un consentimiento por actividad, con sus riesgos. Revisá que cada pasajero tenga su declaración de salud, que las pólizas cubran la fecha de la salida y que la nómina esté completa antes de arrancar. En La Rioja, que nadie salga sin su copia del consentimiento.


Este contenido es informativo y no reemplaza el asesoramiento de un abogado matriculado en tu jurisdicción.

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